La Indemnización de Perjuicios o indemnización por daños y perjuicios es la acción que permite a la víctima o acreedor exigir al deudor o causante del daño una cantidad de dinero equivalente a la utilidad o beneficio que se habría obtenido si la obligación se hubiera cumplido de manera efectiva, íntegra y oportuna, o como compensación por el mal causado.
La indemnización puede abarcar varios tipos de daños, entre los cuales se encuentran el daño emergente, el lucro cesante y el daño moral.
El daño emergente hace referencia al perjuicio materialmente causado por un accidente o incidente. En un accidente de tránsito, por ejemplo, el daño emergente se refiere al daño directo que sufre el vehículo siniestrado.
Por otro lado, el lucro cesante se refiere a la ganancia económica que deja de percibirse como consecuencia del daño ocasionado. En un accidente de tránsito, si la víctima utilizaba su vehículo para realizar una labor remunerada, el lucro cesante corresponde a los ingresos que dejó de percibir debido al siniestro, los cuales pueden ser demandados siempre que se logre acreditar la pérdida económica.
Finalmente, el daño moral se refiere al perjuicio que afecta las facultades morales o espirituales de una persona. Un ejemplo típico es el caso en el que, como resultado de un accidente de tránsito, fallece una persona. En este caso, los herederos pueden exigir una indemnización por la pérdida de un ser querido, ya que esta situación genera un daño psicológico profundo e irreparable.