Los menores de 18 años que viajan fuera de Chile deben contar con la autorización de ambos padres, formalizada en escritura pública ante notaría. Se requieren: cédula de identidad de los padres, certificado de nacimiento o libreta de familia, cédula del menor y carta de autorización.
- Viaje con ambos padres: Se presenta la libreta de familia o certificado de nacimiento, pasaporte y visa si corresponde.
- Viaje con uno de los padres: El progenitor que no acompaña debe firmar una autorización notarial. Si uno de los padres ha fallecido, se presenta el certificado de defunción.
- Viaje autorizado por el Juzgado de Familia: Si un padre se niega o no está disponible, se puede solicitar autorización judicial, presentando el certificado de nacimiento, pasajes y fechas. El juez puede decidir sin audiencia si el otro progenitor no asiste.
Requisitos para viajar: El menor debe portar un pasaporte válido. Si viaja a países con acuerdos bilaterales (como Argentina o Brasil), puede usar su cédula de identidad. Para cruzar fronteras controladas, debe obtener un salvoconducto 24 horas antes.
Suspensión de pensiones alimenticias: Si el menor no regresa en el plazo autorizado, el juez puede suspender la pensión alimenticia y solicitar su restitución conforme a la Convención sobre el Secuestro Internacional de Niños.
La autorización judicial dura 90 días, a menos que se indique otro plazo.