El acoso laboral, regulado en el Código del Trabajo a través del artículo 2°, ha sido reforzado con nuevas normativas que buscan mejorar la protección de los trabajadores y establecer mayores responsabilidades para los empleadores. La Ley N° 21.643, publicada en 2024, introduce cambios clave en la prevención y sanción de este tipo de conductas dentro del ámbito laboral.
Entre los principales cambios, se refuerza la obligación de las empresas de implementar protocolos de prevención del acoso laboral y sexual, estableciendo plazos claros para su adopción. Además, se endurecen las sanciones para empleadores que no cumplan con estas normativas y se exige que existan canales de denuncia accesibles, confidenciales y con garantías de no represalias para los denunciantes.
Algunos puntos clave de la nueva legislación incluyen:
- Definición ampliada de acoso: Se incluyen expresamente conductas que afecten la dignidad, integridad psíquica o la salud del trabajador.
- Mayor fiscalización: La Dirección del Trabajo tiene facultades reforzadas para investigar denuncias y sancionar a empresas infractoras.
- Obligación de protocolos: Empresas de todos los tamaños deben contar con medidas preventivas y procedimientos de actuación frente a denuncias.
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