Es aquel contrato, en el que las cláusulas son previamente determinadas y propuestas por uno solo de los contratantes, de modo que el otro no tiene el poder de introducirle modificaciones y si no quiere aceptarlas debe renunciar a estipular el contrato, lo que introduce una limitación a la libertad contractual y se resuelve en una imposición del contenido contractual.
Cuando existe un juicio invocando la ley del Consumidor y existe de por medio un contrato de adhesión se invierte el peso de la prueba, y es el empresario quien debe probar que lo que señala el consumidor no es cierto.