Los delitos sexuales como la violación, el estupro y los abusos sexuales son imprescriptibles según la legislación chilena. La violación contempla actos no consentidos cometidos con fuerza, intimidación o aprovechamiento del estado de la víctima, sancionados con penas que van desde 5 años y un día hasta 15 años, o más si la víctima es menor de 14.
El estupro ocurre cuando existe acceso carnal con una menor entre 14 y 18 años, bajo situaciones de vulnerabilidad, y se sanciona con penas de 3 años y un día a 10 años. Conductas similares entre hombres se castigan con penas menores si no concurren agravantes. El abuso sexual incluye actos sin acceso carnal que afectan la indemnidad sexual de personas mayores y menores de edad, con penas que van desde 3 años y un día hasta 20 años, dependiendo de la edad de la víctima y las circunstancias.
También se sanciona la pederastia y la exposición de menores a material sexual. La pornografía infantil, tanto su producción como difusión, implica penas de hasta 5 años. Todas estas figuras están reguladas en el Código Penal chileno.