La indemnización por despido es la suma de dinero que el empleador debe pagar al trabajador cuando termina el contrato invocando causales que otorgan este derecho, o si fue estipulada en el contrato. No procede si el despido se funda en alguna causal del artículo 160 del Código del Trabajo, como mala conducta, daños a la empresa o abandono injustificado.
Las indemnizaciones a las que puede acceder un trabajador son:
- Indemnización sustitutiva del aviso previo: se paga si el contrato termina por necesidades de la empresa y no se dio aviso con 30 días de anticipación. Corresponde a una remuneración mensual.
- Indemnización del feriado anual (vacaciones): se paga si el trabajador es despedido sin haber hecho uso de sus vacaciones. Equivale al sueldo de los días no utilizados. Si no completó un año de trabajo, se calcula proporcionalmente.
- Indemnización por años de servicio: equivale a un mes de sueldo por cada año trabajado y periodo superior a seis meses, con un tope de 11 años. Se paga cuando el contrato termina por necesidades de la empresa.
Si el despido se fundamenta en el artículo 160, el trabajador no tiene derecho a indemnización. Sin embargo, puede recurrir al juez laboral dentro de 60 días hábiles si considera que fue injustificado. De comprobarse, el empleador deberá pagar las indemnizaciones con recargos según el artículo 168 del Código del Trabajo.
El finiquito es el acto escrito mediante el cual se formaliza el término de la relación laboral y se liquida todo lo adeudado.